La
Junta Directiva
es el órgano
colegiado
de gobierno
de la Asociación
Cultural
Banda de
Música
de Alozaina.
Es designada
por la Asamblea
General
de Socios
por un período
de 2 años.
Está compuesta
por 7 miembros
y su estructura
es la siguiente:
- Presidente
- Vicepresidente
- Secretario
- Tesorero
- Vocales
Tras
convertirnos
en Asociación
Cultural
el pasado
día
11 de junio
de 2004,
la Junta Gestora
elegida
en Asamblea
Fundacional
con fecha de
19 de febrero
de 2004
fue ratificada
como Junta
Directiva en
Asamblea
General
Extraordinaria
de 10 de
julio de
2004 con
un mandato
de 2 años.
Dicha Junta
Directiva
estaba formada
por Antonio
Mateos Vera
(Presidente),
José
Navarro
Merino (Vicepresidente),
José
Miguel
López
Navarro
(Secretario),
Miguel Gil
Lerena (Tesorero),
Antonio Dueñas
Jiménez
(Vocal),
María
Dolores
Sepúlveda
Rivas (Vocal)
y María
Teresa Mateos
Santos (Vocal).
El pasado
17 de diciembre
de 2005
se elegió
a
una nueva
Junta Directiva
formada
por:
Presidente
Antonio
Mateos Vera
Vicepresidente
Tomás
Rueda Gaona
Secretario
José
Miguel
López
Navarro
Tesorero
Juan
Vicario Gil
Vocales
José
Antonio
Trujillo Sánchez
Miguel
Gil Lerena
Miguel
Bermúdez
Gaona
Salvador
Díaz
Ruiz
María
Bermúdez
Gaona
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PRIMERA
JUNTA DIRECTIVA. De
izquierda a derecha:
José
Miguel
López
Navarro (Secretario),
Antonio Mateos Vera (Presidente),
José
Navarro
Merino (Vicepresidente),
María
Dolores Sepúlveda
Rivas (Vocal), Antonio
Dueñas
Jiménez
(Vocal) y Miguel
Gil Lerena (Tesorero). |
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Las
funciones
de la Junta
Directiva
son las
siguientes:
a)
Confeccionar el Plan
de Actividades.
b)
Otorgar
apoderamientos
generales
o especiales.
c)
Organizar
y desarrollar
las actividades
aprobadas
por la
Asamblea
General.
d)
Aprobar
el Proyecto
de Presupuesto
para su
aprobación
definitiva
por la
Asamblea
General.
e)
Aprobar
el estado
de Cuentas
elaborado
por el
Tesorero,
para su
aprobación
definitiva,
si procediere,
por la
Asamblea
General.
f)
Elaborar
la Memoria
anual
de actividades
para su
informe
a la Asamblea
General.
g)
Creación
de Comisiones
de Trabajo
que estime
conveniente,
para el
desarrollo
de las
funciones
encomendadas
y las
actividades
aprobadas,
así como
para cualesquiera
otras
cuestiones
derivadas
del cumplimiento
de los
fines
sociales.
Dichas
comisiones
regularán
su funcionamiento
interno
en la
forma
que se
acuerden
por éstas
en su
primera
sesión
constitutiva.
h)
Resolver
las solicitudes
relativas
a la admisión
de socios.
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