Para
adquirir
la condición
de socio
se requiere
ser persona
física o
jurídica , y
estar
interesada
en la
música
y la cultura
musical.
Las
personas
físicas
deben
ser mayores
de edad
o menores
emancipados
con plena
capacidad
de obrar
y no estar
sujetas
a ninguna
condición
legal
para el
ejercicio
del derecho.
Los menores
de más
de catorce
años no
emancipados
necesitan
el consentimiento,
documentalmente
acreditado,
de las
personas
que deban
suplir
su capacidad.
La
solicitud
para adquirir
la condición
de socio
debe presentarse
en las oficinas
de la Casa
de la Música
José Aguilar
Campos y
debe aceptarse
por la Junta
Directiva
que estudiará
cada caso
particular
y se pronunciará
de acuerdo
a los estatutos.
Son
derechos
de los
socios:
a)
Participar
en las actividades
de la asociación
y en los
órganos
de gobierno
y representación,
a ejercer
el derecho
de voto,
así como
a asistir
a la Asamblea
General,
de acuerdo
con los
Estatutos.
b)
Ser informado
acerca de
la composición
de los órganos
de gobierno
y representación
de la asociación,
de su estado
de cuentas
y del desarrollo
de su actividad.
c)
Ser oído
con carácter
previo a
la adopción
de medidas
disciplinarias
contra él
y ser informado
de los hechos
que den
lugar a
tales medidas,
debiendo
ser motivado
el acuerdo
que, en
su caso,
imponga
la sanción.
d)
Acceder
a la documentación
de la asociación,
a través
de la Junta
Directiva.
e)
Usar los
bienes e
instalaciones
de uso común
de la Asociación,
con respeto
a igual
derecho
del resto
de los socios.
Son
deberes
de los socios:
a)
Compartir
las
finalidades
de
la
asociación
y
colaborar
para
la
consecución
de
las
mismas.
b)
Pagar
aportaciones
que,
con
arreglo
a
los
Estatutos,
puedan
corresponder
a
cada
socio.
c)
Cumplir
el
resto
de
obligaciones
que
resulten
de
las
disposiciones
estatutarias.
d)
Acatar
y
cumplir
los
acuerdos
válidamente
adoptados
por
la
Junta
Directiva
y
la
Asamblea
General.
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